2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ALARCÓN/ASESORIA Y LOGISTICA ANVI SPA

Rol

Fecha

5 de diciembre de 2024

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: En causa seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales y, en subsidio, demanda por despido injustificado, RIT T-2250-2023, la parte demandante ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia de 7 de junio de 2024, que acogió la excepción de finiquito y, en consecuencia, rechazó íntegramente las acciones deducidas. En el recurso de nulidad se hacen valer de manera subsidiaria las causales del Código del Trabajo previstas en el artículo 477, en su modalidad de infracción de ley, y en el artículo 478 letra e) en relación con el numeral 4 del artículo 459. Con fecha 9 de octubre del año en curso se procedió a la vista de la causa.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que en lo concerniente a la causal del artículo 477 se acusa la infracción del artículo 177 del Código del Trabajo, aduciendo que si bien el actor firmó un finiquito, también realizó la respectiva reserva de derechos, que es el acto por el cual el trabajador deja estampada su decisión de reclamar posteriormente en tribunales respecto de aquellas materias con las que está en desacuerdo, lo que no es impedimento para suscribir igualmente el finiquito si aprueba el resto de los conceptos y montos estipulados en el documento de que se trata. Releva que la existencia de la reserva de derechos y su carácter unilateral se vincula directamente con la asimetría de la relación laboral, tanto durante su vigencia como a su término, desde que la pérdida involuntaria del empleo supone un riesgo inmediato de empeoramiento de las condiciones de vida, situación que puede llevar al trabajador a renunciar a ciertos derechos con el fin de obtener el pago inmediato de ciertas prestaciones. Pide que se invalide el procedimiento junto con la sentencia definitiva o, con arreglo a la segunda causal interpuesta, se invalide la sentencia por falta de análisis de toda la prueba rendida y se dicte a continuación sentencia de reemplazo que acoja la demanda por despido injustificado. Segundo: Que, para acoger la excepción de finiquito, la sentenciadora razona que el mutuo acuerdo (causal de cese de los servicios invocada en el finiquito) expresa la voluntad de ambas partes, debe constar por escrito y cumplir con los demás requisitos que menciona el artículo 177 del Código del Trabajo, todos los cuales han sido cumplidos, “(…) acreditándose la concurrencia de la voluntad real del trabajador, lo que autoriza además para que el empleador invoque este documento en juicio”. Luego discurre que el cambio de causal de despido -incumplimiento grave de las obligaciones del contrato a mutuo acuerdo- “(…) simplemente demuestra la buena fe del empleador dados los hechos en que se funda el despido, de tal forma que aunque exista esta reserva de derechos que se ha estampado no tiene efecto alguno, por lo cual necesariamente la excepción deducida debe acogerse desestimando la demanda en todas sus partes”. Tercero: Que atendido el contenido de la norma legal cuya infracción se imputa, cabe consignar que se acompañó finiquito de trabajo de 15 de septiembre de 2023, suscrito ante notario, entre la demandada, “Asesorías y Logísticas ANVI SPA” y el demandante, Nicolás Israel Alarcón Alarcón. En dicho documento se señala que el actor prestó servicios en calidad de peoneta desde el 7 de agosto de 2017 hasta el 5 de septiembre de 2023, cuando se pone fin a sus servicios por la causal establecida en el número 1 del artículo 159 del Código del ramo, esto es, “mutuo acuerdo de las partes”. También se indica que el trabajador recibe la liquidación del mes de septiembre de 2023 y vacaciones proporcionales. A continuación, en la hoja siguiente, se lee: “Me reservo el derecho para d

Fallo

Por estas consideraciones, y lo establecido además en los artículos 477 a 482 del Código del Trabajo, se resuelve que se acoge el recurso de nulidad interpuesto por el demandante en contra de la sentencia de siete de junio de dos mil veinticuatro, pronunciada en estos autos RIT T-2250-2023 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la que se invalida y se reemplaza por la que se dicta a continuación. Regístrese y comuníquese. Redacción del Ministro Guillermo de la Barra D. No firma ministro señor de la Barra, no obstante concurrir a la vista de la causa y del acuerdo, por encontrarse ausente. Rol N° 2163-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: En causa seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en procedimiento de tutela por vulneración de derechos fundamentales y, en subsidio, demanda por despido injustificado, RIT T-2250-2023, la parte demandante ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia de 7 de junio de 2024, que acogió la excepción d

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