10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER S.A./OJEDA

Rol

Fecha

31 de diciembre de 2024

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente arbitrio no puede prosperar. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el veintidós de agosto de dos mil veinticuatro (folio N° 8), en contra de la resolución que recibió el incidente a prueba de diecinueve del mismo mes y año (folio N° 6 –cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-15013-2024.mst

Fallo

Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el veintidós de agosto de dos mil veinticuatro (folio N° 8), en contra de la resolución que recibió el incidente a prueba de diecinueve del mismo mes y año (folio N° 6 –cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-15013-2024.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro. Al folio N° 9: por recibidos los antecedentes de primera instancia y por cumplido lo ordenado por resolución de veintinueve de octubre del presente año. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse

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