SIN INFORMACION

SERRANO HINOJOSA FRANCISCO DANIEL / SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece Rodrigo Alejandro Rivera Miranda, abogado, deduciendo acción constitucional de amparo en favor de Francisco Daniel Serrano Hinojosa, en contra del Ministerio de Justicia de Chile, por no haber otorgado el decreto de reducción de condena al amparado, pese a haber accedido a ella, vulnerando su libertad personal. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo condena en causa RUC 1800166320-0, RIT 3471-2018 dictada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, la que dio inicio a la condena el día 23 de julio de 2018 y con fecha de término de condena 23 de julio de 2025. Sostiene que, debido a la muy buena conducta del condenado la comisión de rebaja de condena remitió sus antecedentes al Ministerio de Justicia y D.D.H.H., a fin que se le conceda rebaja de condena, pero, debido a que no se ha materializado dicha resolución, no se ha producido la rebaja respectiva, y en el caso de hacerse, su representado se encuentra cumplido, por lo que su privación de libertad se torna en ilegal. Precisa que En virtud de la Ley 19856, se crea un sistema de reinserción social respecto de personal condenadas, sobre la base de la observación de la buena conducta, en virtud del cual un condenado interesado eleva la petición dirigida al Presidente de la Republica. Luego se remiten los antecedentes a la Seremi correspondiente, a lo menos 75 días hábiles antes de la fecha que pudiera quedar cumplida la condena, luego de lo cual se verifica el cumplimiento de los requisitos objetivos para la concesión del beneficio por el ente respectivo (informe consolidado certificado por el jefe de unidad). Luego de ello, se remiten antecedentes al Ministerio de Justicia para la suscripción del Decreto Supremo. Así las cosas, si se verifica el cumplimiento de los requisitos objetivos, el beneficio implica que se efectuara la reducción (es un derecho del solicitante) y tener por cumplida la condena, de ser pertinente, lo que supone-en ese evento- la libertad del solicitante

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Francisco Daniel Serrano Hinojosa. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-3220-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que comparece Rodrigo Alejandro Rivera Miranda, abogado, deduciendo acción constitucional de amparo en favor de Francisco Daniel Serrano Hinojosa, en contra del Ministerio de Justicia de Chile, por no haber otorgado el decreto de reducción de condena al amparado, pese a haber accedido a ella, vulnerando su li

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