MANCILLA/GILLES
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniendo presente que la resolución que recibe la causa a prueba no se encontraba notificada, respecto de la parte demandante, conforme lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, no pudiendo aplicarse a dicha parte el apercibimiento establecido en el artículo 49 del citado código, esto es, la notificación por estado diario, toda vez que no se han solicitado, de forma precedente a la dictación de la resolución en cuestión, la aplicación del mismo por la parte interesada, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del citado código, se confirma, sin costas la resolución en alzada de fecha catorce de septiembre de dos mil veintitrés dictada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Redacción del Abogado integrante don Darío Parra Sepúlveda. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N° 1208-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniendo presente que la resolución que recibe la causa a prueba no se encontraba notificada, respecto de la parte demandante, conforme lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, no pudiendo aplicarse a dicha parte el apercibimiento e
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