29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

6 de enero de 2025

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente. 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto por la parte demandada el veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de dieciséis de octubre del mismo año, que desestima la oposición en procedimiento Monitorio, de acuerdo con la Ley 18.101. 2.- Que la resolución referida precedentemente fue notificada por estado diario a la parte demandada en la misma fecha de su dictación. 3.- Que tratándose de una resolución que no sea la sentencia definitiva, el término para recurrir de apelación conforme la regla establecida en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de cinco días, contados desde la notificación de la resolución recurrida. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°29), en contra de la resolución de dieciséis de octubre del mismo año (folio N°28) Comuníquese. N°Civil-18094-2024.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°29), en contra de la resolución de dieciséis de octubre del mismo año (folio N°28) Comuníquese. N°Civil-18094-2024.

Texto Completo (Preview)

jtha C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veinticinco. Al folio N°5: Por cumplido lo ordenado. Aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente. 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto por la parte demandada el veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de dieciséis de octubre del mismo año, que desesti

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