LOPEZ DE SANTA MARIA/REYES (LTE) ACUMULADA I.C. N°257-2024.
Rol
Fecha
4 de diciembre de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que las medidas prejudiciales preparatorias tienen como objeto y fundamento el preparar la entrada de un juicio posterior, a fin de que el eventual demandante tenga acceso a los instrumentos y actuaciones necesarias e ineludibles para demandar y que no le son posibles de adquirir si no es judicialmente. 2°.- Que lo señalado se desprende de lo dispuesto en la parte final del artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, que exige del tribunal el examen de “necesidad” de la solicitud, de cara a la entrada a un juicio ordinario. 3°.- Que, en el caso, se advierte vaguedad en los instrumentos solicitados exhibir, al tiempo que tampoco se especifica de forma clara cuál es la acción que se pretende incoar como tampoco sus fundamentos, de modo que no se puede realizar el examen que exige el referido artículo 273 respecto de la solicitud requerida. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186, 273 y 287 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, en la causa C-15677-2023, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, y -en su lugar- se declara que se niega lugar a las medidas prejudiciales preparatorias solicitadas a folio1. Regístrese y devuélvase. Civil-84-2024 (acum. 257-2024)
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 186, 273 y 287 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, en la causa C-15677-2023, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, y -en su lugar- se declara que se niega lugar a las medidas prejudiciales preparatorias solicitadas a folio1. Regístrese y devuélvase. Civil-84-2024 (acum. 257-2024)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo a los escritos folios 56, 57 y 58: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que las medidas prejudiciales preparatorias tienen como objeto y fundamento el preparar la entrada de un juicio posterior, a fin de que el eventual demandante tenga acceso a los instrumentos y actuaciones necesarias e ineludibles
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica