1º JUZGADO CIVIL DE VALDIVIA

REINANTE/FISCO DE CHIILE-CDE

Rol

Fecha

4 de diciembre de 2024

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Se reproduce la sentencia en alzada,

Fundamentos

considerandos y citas legales, con excepción de la siguiente frase contenida en el considerando Undécimo “(…) En consecuencia, se le otorgará prudencialmente la suma de diez millones de pesos” que se elimina. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que, la indemnización a título de daño moral se fijará en la suma que se consignará en lo resolutivo de este fallo, bajo la estimación que aquel monto guarda relación con las consecuencias del hecho dañoso efectivamente acreditado en autos, su prolongación en el tiempo y el principio de reparación integral de daño que disciplina la responsabilidad civil, teniendo para ello en especial consideración la entidad del daño irrogado constituido por la afectación y alteración de la configuración del grupo familiar, habida cuenta de las edades de víctimas directas a la fecha de los hechos y su vinculación con el hogar común; el hecho de que la demandante haya tenido que hacerse cargo de menores de edad como consecuencia de los hechos, alterando con ello su plan de vida, todo lo cual es concordante con lo expuesto en el informe psicológico PRAIS de 31 de marzo de 2020, elaborado por la psicóloga Reiner Emanuel Fuentes Ferrada en orden a la existencia de un “daño psicológico asociado a duelo patológico latente y extendido, daño transgeneracional en el tejido familiar contexto de alta vulnerabilidad psicosocial post hechos represivos que llevaron a Doña Guillermina a experimentar sobrecarga emocional por el sentido de responsabilidad formativa y de sostén económica en el nivel familiar. Se configura una depresión recurrente no tratada (…)”. Y visto, además lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil y 1698, 2284 y 2314 del Código Civil, se CONFIRMA la sentencia apelada de nueve de mayo de dos mil veinticuatro, con declaración, que se fija la indemnización de perjuicios que el Fisco de Chile debe pagar a doña Guillermina Reinante Raipán, a título de daño moral, en la suma de $30.000.000 (treinta millones de pesos). Redacción de Gloria E. Hidalgo Álvarez, Fiscal Judicial. Regístrese y comuníquese. N°Civil-746-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Se reproduce la sentencia en alzada, considerandos y citas legales, con excepción de la siguiente frase contenida en el considerando Undécimo “(…) En consecuencia, se le otorgará prudencialmente la suma de diez millones de pesos” que se elimina. Y TENIENDO EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que, la indemnización a títul

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