SIN INFORMACION

CID/GUZMÁN

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Comparece Alexi Ernesto Cid Aguayo, profesor, domiciliado en calle Manuel Verbal N° 1545, torre 1, departamento 1204, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de Elizabeth Julia Guzmán Flores, con domicilio en calle Ana María Ibaceta N° 7129, Antofagasta, por realizar publicaciones difamatorias en redes sociales, acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos consagrados en el artículo 19 N° 1, 4, 16 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando se ordene el cese de forma inmediata en los actos difamatorios, y a través de cualquier plataforma, además se ordene la prohibición de acercamiento respecto de su persona, y abstenerse en lo sucesivo a realizar cualquier tipo de acto que atente contra su integridad u honra, además de todas las medidas que considere necesarias para un correcto restablecimiento del imperio del derecho, todo con expresa condena en costas. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que la recurrida por intermedio de vías de hecho a través de publicaciones en redes sociales "tipo funa", cartas a sus empleadores posteriores a su desvinculación de INACAP y mensajes a su familia y amigos, ha realizado acusaciones de tener un "modus operandi" de acoso, sin existir sentencia previa que así lo acredite. Sostiene que desde su desvinculación del Instituto INACAP, la recurrida constantemente ha violado su privacidad y a la de su familia, catalogándolo públicamente como un "acosador", ante su familia y empleadores. Refiere que en el mes de julio se encontraba trabajando como profesor en el instituto profesional INACAP, siendo informado que se llevaba una investigación en su contra, debido a una acusación realizada por una alumna, aludiendo a que habría sustraído y difundido imágenes desde su celular personal. Acusación formulada por la recurrida Elizabeth Julia Guzmán Flores. Expone que posterior a la desvinculación, la recurrida comienza a contactar a su cónyuge mediante redes sociales, hostigándola reiteradamente, solicitando su correo y teléfono personal para contactarse con ella. Además, con un ánimo de generar perjuicio, y por vía de autotutela, comienza un hostigamiento virtual como presencial, incluso se contacta con su nuevo empleador, siendo desvinculado. Concluye que eliminó todas sus redes sociales profesionales o comunicación de cualquier trabajo que pudiese encontrar, sin embargo, la recurrida nuevamente se comunica con su nuevo empleador para reiterar las acusaciones en su contra. Persecución, denostación y acoso que generan un alto grado de estrés, ya que las acusaciones no sólo han afectado a su persona, sino también a su familia y oportunidades en el trabajo. Solicita se ordene el cese de forma inmediata en los actos difamatorios en su contra, y en general a través de cualquier plataforma, además se ordene la prohibición de acercamiento respecto de su persona, y abstenerse en lo sucesivo a realizar cualquier tipo de acto que atente contra su integridad u honra, además de todas las medidas que considere necesarias para un correcto restablecimiento del imperio del derecho, todo con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que Elizabeth Julia Guzmán Flores, informa solicitando el rechazo del recurso. Indica que denunció al actor (RUC 2400701397-K) ante Fiscalía por actos que atentaron gravemente en contra de su integridad psicológica y privacidad, específicamente por la sustracción y difusión no autorizada de fotografías de carácter íntimo desde su dispositivo móvil, denuncia que está siendo conocida e investigada por el Ministerio Público. Señala que INACAP contrató investigadores privados para revisar el caso de Alexi Cid, comprobando su culpabilidad en este y otros casos similares, resultando en su expulsión definitiva de la institución, desde que las investigaciones arrojaron evidencia contundente, como fotografías almacenadas en el computador de Alexi Cid, que incluía

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, sin costas, el recurso de Protección interpuesto por Alexi Ernesto Cid Aguayo, en contra de Elizabeth Julia Guzmán Flores, sólo en cuanto, se ordena a la recurrida abstenerse, en lo sucesivo, de realizar publicaciones similares con difusión a terceros que no son parte de los hechos investigados. Regístrese y comuníquese. Rol 2094-2024 (PROT) 5

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, tres de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Alexi Ernesto Cid Aguayo, profesor, domiciliado en calle Manuel Verbal N° 1545, torre 1, departamento 1204, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de Elizabeth Julia Guzmán Flores, con domicilio en calle Ana María Ibaceta N° 7129, Antofagasta, por realizar publicaciones difamatorias en redes sociales, act

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