JUZGADO DE FAMILIA CHILLAN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2024

Materia

CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, MODIFICACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que, no habiéndose acreditado de modo suficiente que han variado las circunstancias tenidas en vista en su momento, que aconsejen la modificación del ejercicio del régimen de relación directa y regular de la manera establecida en el numeral 1 de la resolución apelada, esta Corte estima que, en este aspecto, debe mantenerse, por ahora, la vigencia de la medida en la forma dispuesta en su oportunidad, esto es, que los menores sean retirados y dejados en su domicilio, por una persona significativa. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, ...

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada, ...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, tres de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, no habiéndose acreditado de modo suficiente que han variado las circunstancias tenidas en vista en su momento, que aconsejen la modificación del ejercicio del régimen de relación directa y regular de la manera establecida en el numeral 1 de la resolución apelada, esta Corte estima que, en este aspecto, debe mantenerse

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