PARDO/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
C-1061-2023
Fecha
19 de mayo de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 17 de marzo de 2023, ha sido remitida a este tribunal para su cumplimiento, sentencia definitiva laboral, pronunciada con fecha 31 de enero de 2023, por la jueza del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, MARIANA LEYTON ANDAUR, que incide en procedimiento laboral, seguido ante dicho Juzgado bajo el RIT M382023, con ocasi n de demanda interpuesta por ó do añ ANA BEL N PARDO TORO, É en contra de la demandada, ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A., RUT. 76.296.6190, representada legalmente por CAROLA SCHWENCKE REYES, RUT. 12.146.8549, sentencia definitiva que debe ser concordada con liquidaci n del cr dito de fecha 2 de marzo de 2023,ó é practicada en sede declarativa. El tenor literal de la parte resolutiva de la referida sentencia, en lo pertinente, corresponde al que sigue: “1. Que se acoge la demanda de despido injustificado deducida por do a Anañ Bel n Pardo Toro, RUT N°17.429.7622 en contra de Isapre ColmenaGolden Crossé S.A., RUT N°76.296.6190, representada legalmente por Carola Schwencke Reyes, RUT N° 12.146.8549, y en consecuencia se declara injustificado el despido demandante acaecido con fecha 26 de octubre del a o 2022 y se condenañ consecuencialmente a la demanda a pagar a la actora las siguientes prestaciones: a. La suma de $1.331.545. por concepto de recargo legal del 30% respecto a la indemnizaci n por a os de servicio que fue pagada a la actora, de conformidad a loó ñ establecido en la letra a del art culo 168 del C digo del Trabajo y; b. La suma deí ó $1.131.012. por concepto de devoluci n del descuento efectuado de formaó improcedente por la demandad por el aporte efectuado esta ltima a la cuentaú individual de cesant a de la actora durante la vigencia de la relaci n laboral. 2. Lasí ó sumas que se ha
Fundamentos
considerando los antecedentes que obran en autos; lo expuesto por las partes, y; lo preceptuado en el art culo 470 del C digo del Trabajo, se omiti la recepci n de laí ó ó ó causa a prueba, pasando los antecedentes a despacho para su examen y resoluci n.ó Con fecha 18 de mayo de 2023, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: 5 Código: BXQFXFPSQWH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que, con fecha 17 de marzo de 2023, ha sido remitida a este tribunal para su cumplimiento, sentencia definitiva laboral, pronunciada con fecha 31 de enero de 2023, que incide en procedimiento Laboral seguido ante dicho Juzgado bajo el RIT M38.2023, condenando a la ejecutada, ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A., al pago de las siguientes prestaciones: 1. a) La suma de $1.331.545, por concepto de recargo legal del 30% respecto a la indemnizaci n poró a os de servicio que fue pagada a la actora, de conformidad a lo establecido en lañ letra a del art culo 168 del C digo del Trabajo y; b) La suma de $1.131.012, porí ó concepto de devoluci n del descuento efectuado de forma improcedente por laó demandada por el aporte efectuado esta ltima a la cuenta individual de cesant a deú í la actora durante la vigencia de la relaci n laboral. 2. Las sumas que se hanó ordenado a pagar en la forma precedente deber n serlo con los reajustes e interesesá que se establecen en el art culo 63 y 173 del C digo del Trabajo. 3. Que habiendoí ó sido totalmente vencida la demandada, se condena en costas por la suma de $500.000. sentencia definitiva que debe ser concordada con liquidaci n deló cr dito de fecha 2 de marzo de 2023,é practicada en sede declarativa, actuaci nó que determin la existencia de un saldo pendiente de pago, por la suma deó $111.245. Todo, de conformidad con lo relatado en lo expositivo de este instrumento, y que en este considerando se da por ntegramente reproducido.í SEGUNDO: Que, el d a í 7 de abril de 2023, la ejecutada A LO PRINCIPAL de su presentaci n, ó OPUSO EXCEPCI N DE Ó PAGO, fundada en que el d aí 8 de febrero de 2023 ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dio cuenta del pago ntegro de la sentencia condenatoria,í mediante consignaciones por las sumas de $2.462.557, correspondiente al total de los conceptos demandados por el actor, y de $500.000, correspondientes a las costas de la causa, montos girados con fecha 17 de Febrero de 2023 a la cuenta bancaria del abogado patrocinante de la demandante, seg n consta en documentos que acompa a. A su turno, plantea laú ñ improcedencia de que la ejecutada, nuevamente est siendo condenada al pago delé monto de $500.000, por concepto de costas, las que fueron debidamente saldadas con fecha 8 de febrero de 2023, lo que f
Fallo
se declara injustificado el despido demandante acaecido con fecha 26 de octubre del a o 2022 y se condenañ consecuencialmente a la demanda a pagar a la actora las siguientes prestaciones: a. La suma de $1.331.545. por concepto de recargo legal del 30% respecto a la indemnizaci n por a os de servicio que fue pagada a la actora, de conformidad a loó ñ establecido en la letra a del art culo 168 del C digo del Trabajo y; b. La suma deí ó $1.131.012. por concepto de devoluci n del descuento efectuado de formaó improcedente por la demandad por el aporte efectuado esta ltima a la cuentaú individual de cesant a de la actora durante la vigencia de la relaci n laboral. 2. Lasí ó sumas que se han ordenado a pagar en la forma precedente deber n serlo con losá reajustes e intereses que se establecen en el art culo 63 y 173 del C digo del Trabajo.í ó 3. Que habiendo sido totalmente vencida la demandada, se condena en costas por la suma de $500.000. 4. Que ejecutoriada que sea la sentencia, c mplase lo resuelto enú 1 Código: BXQFXFPSQWH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ella dentro de quinto d a, de lo contrario rem tase los antecedentes al Juzgado deí í Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo.” Con fecha 13 de febrero de 2023, se certific por ó Ministro de F
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Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintitr sé . VISTOS: Que, con fecha 17 de marzo de 2023, ha sido remitida a este tribunal para su cumplimiento, sentencia definitiva laboral, pronunciada con fecha 31 de enero de 2023, por la jueza del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, MARIANA LEYTON ANDAUR, que incide en procedimiento laboral, seguido ante d
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