RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE GUSTAVO MASIAS RIVERA CONTRA LA COIMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL 2DO SEMESTRE 2024
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece HAMILTON GONZALEZ ROJAS, abogado y defensor público penitenciario, por el condenado GUSTAVO ANTONIO MASÍAS RIVERA, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N° 157-2024, de 9 de octubre de 2024, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con los requisitos contemplados en el D.L. N° 321. Expone que actualmente el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 10 años y 1 día por el delito de robo con intimidación, la cual inició el 3 de febrero de 2015 y termina de cumplir el 4 de febrero de 2025. Aduce que lo dictaminado por la recurrida se aleja completamente de los verdaderos avances que el amparado presenta en su proceso de reinserción de acuerdo a lo establecido en el D.L. 321 y en el D.S. 338. En efecto, la Comisión nuevamente no tuvo en cuenta los avances que el amparado presenta de acuerdo con lo establecido en el artículo 1° del D.L. N° 321, los cuales constan en informe social que acompaña. Durante su tiempo en reclusión, el condenado registra participación en las siguientes actividades orientadas a avanzar en su proceso de reinserción y disminuir su nivel reincidencia: Respecto a las actividades resocializadores realizadas por el condenado, indica que, registra las siguientes intervenciones: taller identidad delictual; taller de solución de problemas interpersonales; taller artístico cultural; taller control emocional; taller atención psicológica grupal; taller habilidades de comunicación efectiva; taller asociación a pares infractores de ley. En el ámbito de la capacitación laboral, curso los siguientes talleres: curso de apresto laboral; curso de capacitación en rubro de panadería y repostería; curso gestión logística y almacenamiento en industria y minería. En el ámbito laboral, participa en programa de trabajadores dependientes en el cargo de repostero, con horario de 16:00 a 19:00 horas. En el área educacional, finaliza enseñanza media en colegio técnico profesional de adultos Coresol de la ciudad de La Serena en el año 2020. En cuanto a la percepción del delito, el informe elaborado por la asistente social de la Defensoría Penitenciaria, doña Daniela Valdivia Espinoza, da cuenta que el amparado: “Actualmente, logra realizar una reflexión, indicando que se encuentra en una etapa de su vida donde se ha podido dar cuenta y ser consciente del daño ocasionado a las víctimas, a su familia y a sí mismo, indicando que cometió errores que en su tiempo no lograba ver con claridad. Sin embargo, ahora ha logrado aprender de sus errores. Refiere que actualmente se siente un padre fracasado por estar preso y entregarles este ejemplo a sus hijos, siendo que podría estar enseñándoles a ser personas honradas y de trabajo”. En relación con el motivo relevado por la Comisión para denegar el beneficio de libertad condicional, consistente en el “alto riesgo de reincidencia” del ampar
Fallo
Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. Acompañado “Informe Amparo Libertad Condicional” elaborado por la trabajadora social penitenciaria Daniela Valdivia Espinoza. SEGUNDO: Que, evacuó informe CAROLINA ANDREA BARONCINI GALVEZ, integrante de la Comisión de Libertad Condicional año 2024. Expone que la comisión que integró se reunió el 9 de octubre del presente año y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por don Gustavo Antonio Masías Rivera, por los siguientes motivos: El informe de postulación psicosocial presentado da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. Asimismo, indica que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado y no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Sugiere, asimismo, el equipo técnico de Gendarmería que elaboró el informe psicosocial mencionado, que el interno prosiga con su proceso de intervención en el sistema cerrado, toda vez presenta un nivel de riesgo alto, lo cual estaría definido por la presencia de factores generales de riesgo asociados a su historial delictual, educación/empleo, uso de tiempo libre, pares, actitud, orientación procriminal y patrón antisocial, en tanto los factores específicos de
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Masías Rivera, Gustavo Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 469-2024.- La Serena, dos de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece HAMILTON GONZALEZ ROJAS, abogado y defensor público penitenciario, por el condenado GUSTAVO ANTONIO MASÍAS RIVERA, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicion
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