RICARDO IVAN RAMOS GARCIA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Constanza Ramos Aguilera, hija del privado de libertad Ricardo Ramos García, quien interpone acción de amparo en favor de su padre en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto que considera ilegal y arbitrario, consistente en haber archivado la postulación al beneficio de libertad condicional del amparado mediante resolución de 30 de octubre del presente año. Sostiene que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de estafa y una pena de tres años y un día por el delito de lavado de dinero. Precisa que registra como inicio de inicio el 2 de julio de 2022, debiendo abonarse los días que permaneció en prisión preventiva, y hasta el 23 de febrero de 2027, por lo que a la fecha ha superado la mitad del tiempo de cumplimiento de la pena impuesta. Afirma que el amparado cumple con todos los criterios formales para optar al beneficio, teniendo según los informes respectivos un bajo compromiso delictual, agregando que actualmente se encuentra trabajando en cuero, mostrando responsabilidad con sus funciones. Argumenta que sin perjuicio de cumplir con los requisitos de postulación, el 30 de octubre de 2024, y atendido que había cesado el cometido de la Comisión, se dispuso el archivo de la postulación sin fundamento legal alguno. Sostiene que es arbitrario e ilegal que su padre deba esperar un semestre más debido a que Gendarmería de Chile no remitió los informes correspondientes y la Comisión de Libertad Condicional no diera curso progresivo a los autos. Añade que, luego de que se rechazara su postulación, el amparado recapacitó sobre las problemáticas a su persona. Finalmente, estima que para acceder a la libertad condicional la ley no demanda más que el cumplimiento, por parte del solicitante, de las condiciones objetivas que señala el artículo 2 del Decreto Ley N°321, sin que sea necesario evaluar los recursos individuales de persona
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que para la vista de la presente causa esta Sala se integra extraordinariamente con la ministra Celia Catalán Romero en reemplazo de la ministra Alondra Castro Jiménez, atendido que se encuentra inhabilitada para conocer de estos antecedentes. San Miguel, 2 de diciembre de 2024. San Miguel, dos de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que compare
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