RODRIGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
2 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
(MIGR)INCOMPETENCIA(CAO)
Hechos
Visto: Con la nueva cuenta de la señora relatora y teniendo presente que los hechos denunciados ocurrieron dentro del territorio jurisdiccional de la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, donde produjeron sus efectos, conforme a los documentos acompañados por la propia recurrente y lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones, y de conformidad con lo dispuesto en el Nº 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Al escrito de “Apercibimiento” de la recurrente: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al escrito “evacua traslado” de la parte recurrente: No ha lugar, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-18484-2024.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Al escrito de “Apercibimiento” de la recurrente: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al escrito “evacua traslado” de la parte recurrente: No ha lugar, estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-18484-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción LUC/cao Concepción, dos de diciembre de dos mil veinticuatro. Al escrito “Opone excepciones” de la recurrida Servicio Nacional de Migraciones: A lo principal: Por cumplido lo ordenado. Al primer otrosí: Estese a lo que se resolverá. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio y por acreditada la personería. Al tercer otrosí: A sus antecedentes los documentos acompañados
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