SIN INFORMACION

ARIAS PUENTES ALEXANDER JAVIER/ COMPIN-SUSESO

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 7 de agosto de 2024 comparece mediante formulario don Alexander Javier Arias Puentes, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina e Invalidez, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en haber rechazado rechazó las licencias médicas N°s 98505584-K y 60484984, extendida por un total de 60 días a contar del 1 de febrero de 2024, lo que afecta sus garantías consagradas en el artículo 19 N°s 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja el presente recurso ordenando a la Superintendencia recurrida a pagar las licencias medicas. Segundo: Que el abogado Alfredo Añazco González informa en representación de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana, al tenor del recurso de protección, solicitando el rechazo del presente arbitrio, por no existir actuación ilegal o arbitraria de su parte que haya causado a la recurrente vulneración o amenaza de los derechos constitucionales de la actora. Señala que su representada resolvió ratificar el pronunciamiento de la Isapre Cruz Blanca respecto de las licencias médicas Folio Nº N° 98505584-K, 60484984 extendidas por un total de 60 días a contar del 01 de febrero del año 2024, por la causal de reposo injustificado. Detallando el rechazo indica que las licencias médicas N°98505584-K y N°60484984, luego de ser estudiados los antecedentes por esta repartición, se rechazan, debido a que no se acompañó la epicrisis. Junto a esto, tampoco el recurrente acompaña informe médico protocolizado, ni plan terapéutico que justifique rol del reposo sin estudios ni exámenes. Que, con posterioridad, usuario presentó recursos de reposición, por el rechazo de las licencias médicas N° 98505584-K y 60484984. En la mencionada presentación, el Sr. Arias Puentes adjunta un informe médico complementario insuficiente, de fecha 4 de febrero del año 2024, el que fue

Fundamentos

motivos anteriores y por no configurarse en la especie el supuesto básico que justifica brindar protección constitucional, cual es la existencia de un acto o una omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, el recurso de protección deducido debe ser necesariamente declarado sin lugar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por don Alexander Javier Arias Puentes, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-17897-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 7 de agosto de 2024 comparece mediante formulario don Alexander Javier Arias Puentes, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina e Invalidez, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente

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