MEZA/FISCO DE CHILE - CONSEJO DE DEFENSA
Rol
Fecha
4 de febrero de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 19.628 la presenta causa se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el treinta de agosto de dos mil veinticuatro (folio N° 37), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba de catorce de agosto del mismo año (folio N° 32). Acordado con el voto en contra de la Abogada Integrante Sra. Herrera, quien estuvo por declararlo admisible. Devuélvase. N°Civil-18.421-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el treinta de agosto de dos mil veinticuatro (folio N° 37), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba de catorce de agosto del mismo año (folio N° 32). Acordado con el voto en contra de la Abogada Integrante Sra. Herrera, quien estuvo por declararlo admisible. Devuélvase. N°Civil-18.421-2024.
Texto Completo (Preview)
vlm C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Al folio N° 3: a todo, estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 19.628 la presenta causa se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el
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