SIN INFORMACION

JOSÉ LUIS CONTRERAS PASTÉN CONTRA JUAN MANUEL ESCOBAR SALAS

Rol

Fecha

29 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT 8219-2024, RUC 2401405074-0, seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, la Fiscal doña Rosa Cerda Fierro se alzó en apelación en contra de la resolución dictada en audiencia de control de la detención de dieciocho de noviembre en curso por el juez don Héctor Nicolás Barraza Aguilera, quien rechazó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada en contra de la amparada de autos. Segundo: Que, el habilitado en derecho don José Luis Contrera Pastén, actuando en representación de la imputada Georgina Patricia Gajardo Olmedo, deduce el presente recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por el ministro señor Zavala, el fiscal judicial señor Escobar y el abogado integrante señor Ponce, quienes conociendo del recurso de apelación, Rol N° 974-2024 Penal, resolvieron revocar la resolución apelada y decretar la medida cautelar de prisión preventiva en contra de la amparada. Tercero: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. Cuarto: Que, atento a lo ordenado en la norma trascrita precedentemente, esta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, está impedida de revisar la decisión adoptada por otra Sala del mismo tribunal de alzada, a través de una acción de amparo, toda vez que, de conformidad a lo que señala el inciso segundo del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por don José Luis Contreras Pastén, en representación de Georgina Patricia Gajardo Olmedo. Regístrese, notifíqu

Fallo

Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por don José Luis Contreras Pastén, en representación de Georgina Patricia Gajardo Olmedo. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Al escrito de folio 2: Téngase presente. N°Amparo-432-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Arica Arica, veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro. Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional. A lo principal y otrosíes: Visto y teniendo presente: Primero: Que, en causa RIT 8219-2024, RUC 2401405074-0, seguida ante el Juzgado de Garantía de esta ciudad, la Fiscal doña Rosa Cerda Fierro se alzó en apelación en contra de la resolución dictada

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