OLIVERO/JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE PUERTO CISNES
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 8 de noviembre de 2024, compareció el Fiscal Adjunto del Ministerio Público don Álex Olivero Núñez, en los antecedentes Rit 253-2024, Ruc 2400747833-6 del Juzgado de Garantía de Cisnes, seguidos en contra del imputado Benjamín Antonio Ponce Garcés por el delito de violación, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha siete de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Juez de Garantía (S) de Cisnes doña Carolina Martínez Navarrete, en audiencia de control de detención y formalización, por la cual, tras revocar la medida cautelar de internación provisoria del encartado adolescente, denegó por improcedente el recurso de apelación verbal interpuesto por el citado Fiscal del Ministerio Público, fundamentado en que dicha resolución sí sería susceptible de ser impugnada por dicho remedio procesal, conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, citando normativa y jurisprudencia de esta Corte al efecto. SEGUNDO: Que, informando la Juez recurrida, expone que en la audiencia desarrollada el siete de noviembre del año en curso, la defensa del encartado expuso nuevos antecedentes en cuya virtud decidió modificar la medida cautelar, denegando el recurso de apelación verbal del Ministerio Público basada en cursos a que ha asistido, por lo que no sería éste procedente al no estar expresamente reglado en la ley especial, no obstante la aplicación supletoria del Código Procesal Penal, conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 20.084, citando además los principios que rigen la Ley 20.084 y Ley 21.527, así como los tratados internacionales ratificados por Chile, descartando la afectación de la libertad del adolescente, la que debe ser de última ratio. TERCERO: Que, teniendo presente el principio de especialidad del artículo 149 del Código Procesal Penal, las normas sobre la prisión preventiva - medida cautelar que es susceptible de revisión durante la tramitación del procedim
Fallo
se declara que SE ACOGE el recurso de hecho deducido por el Fiscal del Ministerio Público don don Álex Olivero Núñez, en escrito de fecha 8 de noviembre de 2024, en contra de la resolución dictada el siete de noviembre de dos mil veinticuatro, por la Juez de Garantía (S) de Cisnes doña Carolina Martínez Navarrete en autos Rit 253-2024, Ruc 2400747833-6, seguidos en contra del imputado Benjamín Antonio Ponce Garcés por el delito de violación y, en su lugar, se declara ADMISIBLE, el recurso de apelación verbal citado, debiendo el Juzgado de Garantía de Cisnes remitir los antecedentes que obren en carpeta virtual y registros de audio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 424-2024 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 8 de noviembre de 2024, compareció el Fiscal Adjunto del Ministerio Público don Álex Olivero Núñez, en los antecedentes Rit 253-2024, Ruc 2400747833-6 del Juzgado de Garantía de Cisnes, seguidos en contra del imputado Benjamín Antonio Ponce Garcés por el delito de violación, deduciendo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica