/HERNÁNDEZ
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1º) Que el recurso de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 2º) Que los hechos descritos en la presentación y, en particular sus peticiones, sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que busca revisar una sentencia definitiva dictada por el tribunal en lo penal competente, por lo que avocarse a la cuestión implica exceder los límites de la acción constitucional intentada, de lo que se deriva la inadmisibilidad del recurso. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. N° Ingreso 921-2024 Amparo
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el recurso de amparo de fojas 1. Archívese, en su oportunidad. N° Ingreso 921-2024 Amparo
Texto Completo (Preview)
CH1. (MVT) San Miguel, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. A la acción de folio 1: Vistos: 1º) Que el recurso de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin de que ésta
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