MISAEL ANDRES GUZMAN MENA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, defensora privada, en favor de Misael Andrés Guzmán Mena, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de octubre del año 2024, que rechazó su postulación a dicho beneficio penitenciario, solicitando que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la mencionada resolución, otorgándosele derechamente el beneficio de la libertad condicional. En cuanto a los antecedentes de hecho, expone que el amparado se encuentra se encuentra cumpliendo una condena de 8 años por el delito de homicidio simple y 61 días por el delito de microtráfico, que su inicio de condena fue el día 5 de octubre de 2018, el término de la misma es el día 4 de diciembre de 2026 y su tiempo mínimo de postulación al beneficio de libertad condicional es el día 14 de marzo de 2024. Sostiene que la conducta del interno referido, en los 6 últimos bimestres ha sido calificada como “muy buena”, tal como lo establece la última modificación legal del DL 321. Concluye que la actuación de la Comisión es arbitraria e ilegal, por cuanto el amparado cumple con los requisitos objetivos contemplados en el artículo 2° del Decreto Ley 321, modificado por la Ley 21.124 y su actual reglamento 338. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que mediante resolución de veintitrés octubre pasado, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio, teniendo presente que el análisis de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile no permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5° del Decreto Ley N°321. Tercero: Que de los antecedentes aportados por la Comisión, se desprende que se denegó el beneficio por cuanto el postulante aún necesita fortalecer sus habilidades laborales y desarrollar mejores estrategias para la bú
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que el amparado aún necesita fortalecer sus habilidades laborales y desarrollar mejores estrategias para la búsqueda de empleo, además de seguir trabajando en el control de sus impulsos y en la gestión de situaciones de riesgo lo que dificulta su adecuada reintegración a la sociedad tal como lo exige el Decreto Ley N°321. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Misael Andrés Guzmán Mena. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-3324-2024.
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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, defensora privada, en favor de Misael Andrés Guzmán Mena, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la dictación de la resolución de octubre del año 2024, que rechazó su postulaci
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