ALBALA/ALBALA (ACUM. IC. N°9116-23,13495-23,19591-23,19590-23,3371-24,3372-24 Y 5018-24)
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: I.- En relación con el ingreso Rol N° 13.495-23: 1°.- Que las demandadas interpusieron recursos de apelación en contra de la resolución que rechazó las objeciones formuladas respecto de los documentos que indican, argumentando, en síntesis, que la demandante acompañó sólo parte de determinados correos electrónicos, seleccionado de comunicaciones extensas sólo la parte que conviene a su interés lo que configura la causal de objeción alegada, esto es la falta de integridad. 2°.- Que esta Corte coincide con el tribunal del grado en cuanto a que la objeción formulada no se configura al tenor de lo alegato por la parte demandada, sin perjuicio de su valor probatorio, teniendo en consideración que demandante al acompañar los correos que se objetan –teniendo libertad para presentar la prueba que estime pertinente- los individualizó, señalando la información que contenían. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de uno de agosto de dos mil veintitrés, pronunciada en los autos Rol N° 2.753-2022, del Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago. II.- En relación con los ingresos Roles 19.590-23 y 19.591-23: 1°.- Que las demandadas interpusieron recursos de apelación en contra de la resolución que desestimó, por extemporánea, la objeción formulada, alegando que la audiencia de percepción documental se llevó a efecto el 27 de noviembre de 2023 y el escrito de objeción y observación se presentó el 4 de diciembre del mismo año, es decir, al sexto día hábil desde su percepción y presentación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. 2°.- Que para resolver se debe tener en consideración que, como consta en la carpeta virtual, el 27 de noviembre de 2023, se llevó a cabo la audiencia de percepción de los documentos que se individualizan, dejándose constancia de las observaciones que la parte demandada efectuó respecto de aquellos,
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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto: I.- En relación con el ingreso Rol N° 13.495-23: 1°.- Que las demandadas interpusieron recursos de apelación en contra de la resolución que rechazó las objeciones formuladas respecto de los documentos que indican, argumentando, en síntesis, que la demandante acompañó sólo parte de determinados correos electrónicos,
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