MINISTERIO PUBLICO C/ JOAQUIN FELIPE PAREDES JAHNSEN
Rol
Fecha
28 de noviembre de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, el Ministerio Público apela de la resolución dictada en audiencia de veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, que modificó la medida de prisión preventiva que pesaba sobre la encartada Scarlett Araceli Alzérreca Madrid, imponiendo las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo. Señala que no han variado las circunstancias consideradas al momento de decretar la privación de libertad, encontrándose fijada audiencia de preparación de juicio oral, registrando, la encartada, medidas cautelares vigentes a la época de los hechos objeto de la formalización. 2°.- Que, la defensa solicita la confirmación de la resolución apelada, fundada en haber transcurrido más de una año desde que se decretó la privación de libertad, habiendo declarado en múltiples oportunidades, reconociendo la responsabilidad en los hechos investigados, manteniendo, además, la imputada, irreprochable conducta anterior, todos antecedentes que permiten concluir que la necesidad de cautela se satisfará con alguna de las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, como la de arresto domiciliario total. 3°.- Que, conforme al mérito de los antecedentes invocados por los intervinientes en estrados, en concepto de esta Corte no han variado sustancialmente las circunstancias consideradas al momento de decretar la medida de prisión preventiva, debiendo tenerse también en consideración, que se encuentra fijada audiencia de preparación de juicio oral para el día 20 de diciembre próximo. 4°.- Que, de conformidad a lo resuelto, en cuanto a la necesidad de cautela, la prisión preventiva es la medida eficaz para resguardar los fines del procedimiento. Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, de veintisiete de noviembre en curso, que modificó la medida de privación de libertad que pesaba sobre Scarlett Araceli Alzérreca Madrid, e impuso la de arresto domicili
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada, de veintisiete de noviembre en curso, que modificó la medida de privación de libertad que pesaba sobre Scarlett Araceli Alzérreca Madrid, e impuso la de arresto domiciliario total, y en su lugar se declara que se mantiene la prisión preventiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N° Penal-1020-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GIP/ Chillán, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, el Ministerio Público apela de la resolución dictada en audiencia de veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, que modificó la medida de prisión preventiva que pesaba sobre la encartada Scarlett Araceli Alzérreca Madrid, imponiendo las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo.
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