GARCIA CON DIAZ FUENTE ALBA SERVICIOS GENERALES LIMITADA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de fecha 27 de noviembre de 2023, dictada por el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5615-2022, se resolvió, en lo pertinente, condenar de manera subsidiaria a Williamson Balfour Motors Spa al pago de la indemnización por aviso previo, indemnización por años de servicio, feriado legal y proporcional respecto de los demandantes. Contra este fallo, demandada subsidiaria, Williamson Balfour Motors Spa, ha deducido recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, señalando que la sentencia se dictó con infracción del artículo 183-B del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del día 8 de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandada, Williamson Balfour Motors Spa, argumenta que la sentencia vulnera el artículo 183-B del Código del Trabajo, al condenarla subsidiariamente al pago de indemnizaciones y prestaciones derivadas del despido indirecto, a pesar de que los hechos que fundamentan dicha condena ocurrieron después de finalizada la relación de subcontratación entre la empresa principal y la empleadora de los demandantes. Sostiene que el artículo 183-B del Código del Trabajo establece que la responsabilidad de la empresa principal en un régimen de subcontratación se limita al periodo durante el cual los trabajadores efectivamente prestaron servicios bajo dicho régimen. En este sentido, la condena impuesta excede los límites temporales definidos por la ley. La demandada cita jurisprudencia relevante, incluyendo fallos de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones, que refuerzan la interpretación de que la responsabilidad subsidiaria de la empresa principal no debe extenderse más allá del tiempo en que los trabajadores prestaron servicios en régimen de subcontratación. En consecuencia, solicita que se anule la sentencia y que se dicte una sentencia de reemplazo que exima a Williamson Balfour Motors Spa de la condena impuesta. SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en la segunda parte del inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, será procedente el recurso de nulidad cuando la sentencia definitiva se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. En términos simples la causal de nulidad señalada resulta procedente en el evento que el
Fallo
fallo aplique incorrectamente el derecho llamado a regir la cuestión que motiva la controversia y ello puede tener lugar, en primer término, en los casos de contravención formal de la ley, o sea, aquéllos en que el fallo prescinde de la ley o falla en oposición a su texto expreso. En segundo, en los casos de errónea interpretación de la ley, esto es, cuando la sentencia da al precepto legal un alcance diverso a aquel que debía haberle dado si hubiera aplicado correctamente las normas de interpretación de la ley que se establecen en los artículos 19 a 24 del Código Civil, y por último en los casos en que hay falsa aplicación de la ley, defecto que puede producirse cuando la ley se aplica a un caso no regulado por la norma o cuando la sentencia prescinde de la aplicación de la ley para los casos en que ella se ha dictado. Asimismo, la causal supone por consiguiente que los hechos fijados en el fallo del tribunal a quo resultan inamovibles -salvo denuncia por infracción a las normas reguladoras de la prueba, que no viene al caso-, de modo tal que los supuestos de procedencia del recurso deberán referirse única y exclusivamente al derecho aplicable. TERCERO: Que, en ese entendido, resulta relevante referir que el fallo en revisión tuvo por acreditado -en su motivo décimo noveno-, y respecto del período por el que se extiende la responsabilidad subsidiaria de la empresa recurrente en virtud del régimen de subcontratación, que “los actores prestaron servicios en régimen de subcon
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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Por sentencia de fecha 27 de noviembre de 2023, dictada por el 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-5615-2022, se resolvió, en lo pertinente, condenar de manera subsidiaria a Williamson Balfour Motors Spa al pago de la indemnización por aviso previo, indemnización por años de servicio,
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