VÁSQUEZ ZÚÑIGA JOVITA DEL CARMEN /QUINTEROS VÁSQUEZ CECILIA DEL CARMEN
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Yasna Paola Quinteros Vásquez, interponiendo recurso de amparo a favor de doña Jovita del Carmen Quinteros Zúñiga, y en contra de Cecilia Quinteros Vásquez, por la negativa y restricción injustificada en las visitar a su madre y adulta mayor, el que, en tanto acto arbitraria e ilegal, vulnera el derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Indica que, durante el transcurso de enero del 2021 hasta febrero de 2022, la adulta mayor solicitó vivir con la recurrida. Posteriormente, se enfermó y fue hospitalizada en el Hospital Félix Bulnes. Tras su alta médico, la amparada se fue a vivir junto a su hija Myriam Quinteros. Relata que, en diciembre del año 2023, la adulta mayor decidió nuevamente ir a vivir con la recurrida doña Cecilia Quinteros, quien se ha encargado de cuidarla y atenderla. Expone, que, en el mes de abril del 2024, la recurrida Cecilia Quinteros presentó una denuncia por hechos que dan cuenta de violencia intrafamiliar, en contra de la amparada, en contra de su hermana Myriam Quinteros, su cónyuge Marcos Plaza y su hija Dafny Plaza, por hechos que acontecidos durante el transcurso del 2021. Alega que actualmente, ni sus hermanos ni la recurrente pueden visitar a su madre, negándole el derecho a recibir visitas por parte de la recurrida. En cuanto al derecho, indica que se vulneraría la libertad ambulatoria de la amparada. Pide en definitiva se adopten de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la libertad personal y seguridad individual de la amparada, autorizando que la recurrente Yasna Paola Quinteros Vásquez u otra persona de confianza de la afectada la retire del hogar de la recurrida sin más trámite. Segundo: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdicci
Fallo
Por estas consideraciones, lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve: Que se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Jovita del Carmen Quinteros Zúñiga, y en contra de Cecilia Quinteros Vásquez. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-3059-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Yasna Paola Quinteros Vásquez, interponiendo recurso de amparo a favor de doña Jovita del Carmen Quinteros Zúñiga, y en contra de Cecilia Quinteros Vásquez, por la negativa y restricción injustificada en las visitar a su madre y adulta mayor, el que, en tanto acto arbitra
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