2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LLANOS/AQUILES CHILE S.P.A.

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Por sentencia de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1896-2023, se rechazó la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales y la subsidiaria de despido injustificado. Contra esa sentencia, recurrió de nulidad la parte demandante por la causal establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del 23 de octubre pasado, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la parte demandante funda su recurso en la causal de nulidad establecida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Luego de reproducir la sentencia, refiere que el vicio se encuentra en los motivos séptimo a décimo. En primer lugar, se refiere a la acción de tutela, sosteniendo que se puede establecer del

Fallo

fallo que su representado realizó requerimiento ante la Inspección del Trabajo en el mes de abril del año 2023, lo cual había sido puesto en conocimiento de la demandada mediante correo electrónico de febrero del año 2023 y que el despido se produjo en junio de ese año. Tales hechos dan cuenta de indicios suficientes para acoger la acción de tutela, sin embargo, la jueza establece que para efectos de poder corroborar lo anterior, es necesario establecer un nexo causal entre la reclamación y el término de la relación laboral, concluyendo que “la demandada no tomo conocimiento efectivo de la denuncia del actor sino hasta el mes de agosto de 2023”. Luego, el recurrente señala el correo electrónico acompañado por la demandada de fecha 23 de agosto de 2023, indicando que el mismo corresponde a una fiscalización respecto de 4 trabajadores, y en el que se solicitan 10 documentos laborales, el cual en su punto N° 9, se expresa “Respuesta de la empresa a don Francisco llanos, por igualdad de remuneración bono, según reglamento interno”. Sostiene que la sentencia descarta actos de represalia mientras no medie una intervención administrativa, es decir, se deja al arbitrio de una entidad pública la comprobación del nexo causal, lo cual es contrario a la lógica, por cuanto, precisamente el análisis de la prueba dentro de un procedimiento de tutela laboral se debe realizar respecto a aquellos antecedentes que dan cuenta de los indicios, que se deben confrontar con los medios de prueba qu

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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1896-2023, se rechazó la acción de tutela por vulneración de derechos fundamentales y la subsidiaria de despido injustificado. Contra esa sentencia, recurrió de nulidad la part

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