JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

DINA MARIA MAMANI MAMANI C/ CARLOS EDUARDO ELGUETA FERNANDEZ

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia y, teniendo especialmente en consideración que no se ha dado cuenta de antecedentes suficientes para tener por acreditados los requisitos establecidos en los artículos 290 Nº 4 y 298 del Código de Procedimiento Civil, en los términos expresados por el tribunal a quo, a lo que cabe agregar la falta de prueba sobre el presupuesto contemplado en el artículo 296 del mismo texto legal, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 157 y 158 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de fecha seis de noviembre de dos mil veinticuatro, por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Ubaldo Basoa Oviedo, que rechazó la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos en contra de la imputada sociedad Altamirano Bastías y Compañía Ltda. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-828-2024

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Fecha: veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-828-2024 Ruc N°: 2410045962-7 Rit N°: O-5876-2024 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministra señora Aida Osses Herrera, ministro señor Pablo Krumm De Almozara y ministro señor Carlos Meneses Coloma Relator: Walter Piñats Aliaga Abogado Querellante: Giancarlo Fiocco Rodillo Defensor Penal P

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