MP C/ RONALD FERNANDO VALLADARES VERGARA
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, entienden estos sentenciadores que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, lo que no resulta ser controvertido por la Defensa en el recurso de apelación deducido. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo ya referido, esta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración las circunstancias y modalidades de comisión del ilícito por el cual se formalizó la investigación, haber actuado en grupo o pandilla, la eventual forma de cumplimiento y el haber sido condenado anteriormente por ilícitos de la misma naturaleza, lo que da cuenta de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de la sociedad, del peligro que reviste la libertad del encausado. Por estos
Fundamentos
fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiuno de noviembre del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Díaz Coloma, que dispuso la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Guillermo Antonio Urra Álvarez. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº1542-2024.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, entienden estos sentenc
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