JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTIAN ANTONIO NAVARRETE VILLAGRA

Rol

Fecha

27 de noviembre de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, del mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por las intervinientes, teniendo en consideración la dinámica de los hechos, es del parecer de esta Corte que la necesidad de cautela se satisface por ahora con la medida cautelar impuesta por el Tribunal a quo. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución de veintiséis de noviembre del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-1016-2024.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución de veintiséis de noviembre del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-1016-2024.-

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán mgab/rps Chillán, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto: Que, del mérito de autos y las alegaciones vertidas en estrados por las intervinientes, teniendo en consideración la dinámica de los hechos, es del parecer de esta Corte que la necesidad de cautela se satisface por ahora con la medida cautelar impuesta por el Tribunal a quo. Por estas consideraciones y de con

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