CLAUDIA XIMENA MONTOYA REYES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Mayra Alejandra Aguilar Herrera, abogada, colombiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°25.994.048-6, en favor de doña Claudia Ximena Montoya Reyes, colombiana, dependiente, Run provisorio N°14.829.959-5, domiciliada en Diego de Almagro Sur 3423 de Calama, quien deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por haber sido vulnerado el derecho a la libertad personal de la amparada por el rechazo de su permanencia definitiva, ordenándose el abandono del país y una prohibición de ingreso por un plazo de 25 años, solicitando que ello se deje sin efecto y se permita el libre tránsito de la afectada en el país. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, instando por el rechazo del recurso interpuesto. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se indica que la amparada el 21 de julio de 2016 interpuso acción constitucional de amparo Rol 46-2016 ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en contra del Ministerio del Interior por haber decretado la expulsión de manera ilegal y arbitraria por Decreto N°1535 del 29 de agosto del 2014, recurso que fue rechazado, pero que en alzada fue revocado por la Excma. Corte Suprema, dejando sin efecto la orden de expulsión que pesaba sobre la amparada, según el
Fallo
fallo que reproduce. Refiere que la amparada realizó todo el trámite para regularizar su situación migratoria en Chile, solicitando visa temporaria vínculo con permanencia definitiva, otorgándosele la visa por el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincia de Loa, según consta en el pasaporte y en su estampado N. 577.564 Cod DEM: 1.491.263 Resolución N°2711/2018 con fecha válida desde el 29/05/2018 hasta el 29/01/2019. Indica que una vez que la visa fue estampada en el pasaporte de la amparada en el año 2018, se dirigió al Registro Civil para tramitar el carnet de identidad para extranjeros, recibiendo un “Comprobante Solicitud de Cédula de Identidad Extranjeros” con la asignación de Run N°26.342.410-7 y con una fecha estimada de entrega para el 25/07/2018, pero nunca le entregaron su carnet físico. Señala que al pasar el tiempo de vencimiento de la visa temporaria cuyo estampado señalaba que era hasta el 29/01/2019; procedió a cumplir con lo que indicaba la ley migratoria vigente en esa época, y realizó una solicitud de Permanencia Definitiva el 08/01/2020; luego, el 19/06/2020 le notificaron un documento de “Solicitud de Permanencia Definitiva en Trámite” N°de trámite 2562448, el cual adjunta. Expresa que el 30 de octubre de 2023, a la amparada le llegó una carta de “notificación previo rechazo”, en que se indicaba que ella estaba comprendida en una causal de rechazo por registrar antecedentes negativos chilenos en su contra, y le otorgaban 10 dí
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de Mayra Alejandra Aguilar Herrera, abogada, colombiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N°25.994.048-6, en favor de doña Claudia Ximena Montoya Reyes, colombiana, dependiente, Run provisorio N°14.829.959-5, domiciliada en Diego de Almagro Sur 3423 de Calama, quien deduce acción de amparo en cont
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