JUZGADO DE FAMILIA COLINA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

28 de noviembre de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que, la resolución en alzada es aquella que ordena proceder a la inscripción del demandado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. 2.- Que, el artículo 24 de la actual redacción de la Ley N°14.908, con las modificaciones introducidas por la Ley N°21.389, contempla un régimen restrictivo de medios de impugnación y recursos contra la resolución citada en el numeral precedente, en términos tales que regula, en la parte final del inciso segundo de la misma, que: “…En contra de la resolución que ordena la inscripción del alimentante en el Registro, éste...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, la resolución en alzada es aquella que ordena proceder a la inscripción del demandado en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. 2.- Que, el artículo 24 de la actual redacción de la Ley N°14.908, con las modificaciones introducidas por la Ley N°21.389, contempla un r

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