MINISTERIO PUBLICO C/ PEDRO JUAN ELLAO MILLANAO
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1) Que, con fecha 28 de agosto del presente año el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dicta sentencia condenatoria en contra de PEDRO ELLAO MILLANAO. 2) Que, la defensa del condenado dedujo recurso de nulidad respecto a la sentencia dictada en esos autos, habiéndose concedido por parte del Tribunal Oral en lo Penal debió elevar los autos ante esta Corte de Apelaciones atendida causal invocada, sin embargo, por error, lo envió a la Excelentísima Corte Suprema. 3) Que, con fecha 23 de septiembre el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, advirtiendo el error, elevó nuevamente la causa RIT 79-2024, pero esta vez lo hace ante esta Corte de Apelaciones, generándose el ROL de ingreso 1609-2024 de este tribunal. La referida tuvo una correcta tramitación conforme a las reglas procesales pertinentes, procediéndose a su vista y estando actualmente fijada su lectura de sentencia a realizarse el día 2 de diciembre del año en curso. 4) Que, paralelamente, la Excelentísima Corte Suprema habiendo analizado los antecedentes elevados erróneamente, respecto de causa RIT 79-2024 seguida ante el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, procedió a devolverlos a esta Corte de Apelaciones por cuanto la causal invocada de nulidad no correspondía a su competencia, sino que a la de esta Corte de Apelaciones, generándose el presente Rol de Corte Penal 1857-2024 , existiendo como consecuencia de ello dos causas que versan respecto al mismo condenado, respecto a los mismos hechos y por el mismo recurso de nulidad, debiéndose
Fallo
por tanto anular todo lo obrado, por existir una duplicidad y proceder a por término al presente rol de ingreso Corte. Que, por estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, SE ANULA DE OFICIO todo lo obrado en la presente causa, dejando sin efecto el presente ingreso ROL 1857-2024 seguido ante este tribunal de alzada. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo por la vía más expedita. Regístrese y archívese. N°Penal-1857-2024.(ela)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 6, estese a lo que se resolverá. Al escrito de folio 7, a lo principal y otrosí: téngase presente. Al escrito de folio 8, a lo principal y otrosí; téngase presente. Vistos y considerando: 1) Que, con fecha 28 de agosto del presente año el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dicta sentencia condenatoria
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