SIN INFORMACION

ROBLES ORTEGA Y OTRA / REESE ALEXOPULOS

Rol

Fecha

26 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen las abogadas Yazmin Ravanal Sandoval y Javiera Velásquez Toledo e interponen recurso de protección en representación de Juan Alberto Robles Ortega y Nelly Margarita Robles Moya, ambos domiciliados en La Obra, camino al volcán N°13, lote B, comuna de San José de Maipo, en contra de Jacqueline del Carmen Reese Alexopulos, domiciliada en La Obra, camino al volcán N°13, lote B, comuna de San José de Maipo, debido al cierre ilegal y arbitrario del acceso a su domicilio, vulnerando el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, la igual protección de la ley en el ejercicio de sus derechos y el derecho de propiedad. Explican, en síntesis, que su representado es dueño en comunidad de la propiedad en cuestión, razón por la que autorizó que su hija Nelly Robles Moya habitara una de las viviendas que se encuentran en el interior del terreno. Agregan que las viviendas tienen diferentes puntos de acceso desde la vía pública y que el único acceso que tiene la recurrente corresponde a un portón de metal negro y otro acceso para el tránsito de vehículos. Sostiene que dicho acceso se vio entorpecido por la recurrida el 29 de septiembre del año en curso, al instalar panderetas de hormigón, delimitando el sector que dice pertenecerle. Refieren que existen varios cesionarios en la propiedad, entre ellos la recurrida, pero que no existen deslindes legalmente establecidos, por lo que se debe iniciar el juicio de partición respectivo y/o las medidas legales necesarias. Piden se acoja el recurso, ordenando a la recurrida quitar las panderetas de hormigón de los accesos a la propiedad, con costas. Segundo: Que comparece Jacqueline del Carmen Reese Alexopulos indicando que su actuar no fue ilegal. Explica que en octubre del año 1990 compró los derechos hereditarios de doña Patria Felicita Barrera Barrera con los planos de la subdivisión en dos lotes, ambos de 400 m². Indica que entonces vivía en el

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Juan Alberto Robles Ortega y Nelly Margarita Robles Moya en contra de Jacqueline del Carmen Reese Alexopulos. Regístrese, y archívese, en su oportunidad. Nº 4875-2024 Protección

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la abogada señora Yasmín Ravanal. San Miguel, 26 de noviembre de 2024. Camila Galle Aravena, Relatora. San Miguel, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen las abogadas Yazmin Ravanal Sandoval y Javiera Velásquez Toledo e interpon

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