MP C/ ROBINSON ANDRES SANDOVAL CARDENAS
Rol
Fecha
26 de noviembre de 2024
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, no se han discutido por los intervinientes la concurrencia de los presupuestos materiales en este caso, de modo que se tendrán por acreditados conforme a las alegaciones formuladas. 2°.- Que, los antecedentes que hace valer la Defensa para modificar la prisión preventiva impuesta en su oportunidad, no aparecen como suficientes para hacer variar la conclusión que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, pues el informe social que invoca, no tiene la entidad para cambiar lo resuelto al ser decretada, en atención a la gravedad del delito formalizado, la pena asignada en la ley y la posibilidad de cumplimiento efectivo de la sanción que se imponga, resultando indispensable la mantención de la prisión preventiva a su respecto. 3°.- Que, en cuanto a la concurrencia de la atenuante de colaboración sustancial y del requerimiento para obtener la declaración de inconstitucionalidad del inciso 1° del artículo 196 ter de la Ley 18.290, se trata de situaciones que en esta etapa procesal no se encuentran asentadas, desde que, deberán ser valoradas y resueltas en el juicio oral que se lleve a cabo, de modo que no tienen influencia en la variación de la necesidad de cautela cuestionada. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes en audiencia de dieciocho de noviembre del año en curso, que mantuvo la cautelar de prisión preventiva del imputado Robinson Andrés Sandoval Cárdenas. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-1011-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes en audiencia de dieciocho de noviembre del año en curso, que mantuvo la cautelar de prisión preventiva del imputado Robinson Andrés Sandoval Cárdenas. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase. N°Penal-1011-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que, no se han discutido por los intervinientes la concurrencia de los presupuestos materiales en este caso, de modo que se tendrán por acreditados conforme a las alegaciones formuladas. 2°.- Que, los antecedentes que hace valer la Defensa para modificar la prisión preventiva impuesta en su oportunidad, no apa
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