CLAUDIO BRUNO OBANDO GUZMAN C/ FUNCIONARIOS DE CARABINEROS
Rol
Fecha
27 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2.- Que los hechos expuestos por el recurrente son poco claros y no revisten el carácter de una vulneración de los derechos fundamentales que protege el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental, y advirtiendo además que el recurrente no precisa quien es el recurrido. Y de conformidad, además, con lo señalado en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Al primer y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Archívese, en su oportunidad. Rol Nº Protección-3042-2024.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto en autos. Al primer y segundo otrosíes de la misma presentación, estese a lo resuelto precedentemente. Archívese, en su oportunidad. Rol Nº Protección-3042-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia. Valdivia, veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro. Resolviendo al folio 1: Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas e
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