JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO NATALES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4° de la ley 14.908 que dispone: “En los juicios en que se demanden alimentos el juez deberá pronunciarse sobre los alimentos provisorios, junto con admitir la demanda a tramitación, con el solo mérito de los documentos y antecedentes presentados…”; y que al momento de fijar la pensión de alimentos, sea definitiva o provisoria, se deben considerar las necesidades del alimentario y las facultades del deudor y sus circunstancias domésticas, conforme lo dispuesto en los artículos 3 inciso primero, 4...

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo en especial consideración lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4° de la ley 14.908 que dispone: “En los juicios en que se demanden alimentos el juez deberá pronunciarse sobre los alimentos provisorios, junto con admitir la demanda a tramitación, con el solo mérito de los document

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