SIN INFORMACION

PEÑA TORRES MARIA JOSE/ DECIMA SEXTA COMPAÑIA DE BOMBEROS DE CHILE

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que María José Peña Torres, interpone recurso de protección en contra de la Decimosexta Compañía del Cuerpo de Bomberos de Santiago, fundado en la resolución de expulsión de la cual fue objeto y que, a su juicio, vulnera su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 3 inciso segundo de la Constitución Política de la República. Señala que ingresó como voluntaria el 16 de junio de 2023, desempeñándose correctamente. No obstante, el 27 de marzo de 2024, sufrió un accidente en acto de servicio, generándole lesiones graves acreditadas mediante informes médicos y licencias emitidas por la Mutual de Seguridad. Posteriormente, y mientras aún se encontraba con licencia médica válida, se inició un procedimiento disciplinario en su contra, que incluyó múltiples citaciones y culminó con su expulsión formalizada en la Circular N° 19-2024, fechada el 15 de abril de 2024. Argumenta que dicho procedimiento se realizó con diversas irregularidades, tales como: no permitirle contar con defensa letrada, no exhibir las pruebas en su contra, la falta de motivación de la resolución y la ausencia de paridad de género en los organismos disciplinarios, vulnerando así principios establecidos en tratados internacionales ratificados por Chile. Agrega que el proceso afectó gravemente su dignidad y reputación, y solicita que se ordene su reincorporación como voluntaria activa en la institución, restableciendo el imperio del derecho. Segundo: Que Javier Bahamonde Uribe, abogado, comparece en representación del Cuerpo de Bomberos de Santiago, informando que la recurrente interpuso el presente recurso de protección mientras el proceso disciplinario aún se encontraba en curso. Específicamente, la sanción de expulsión dictada el 16 de abril de 2024 por la Decimosexta Compañía fue impugnada mediante recurso de apelación ante el Consejo Superior de Disciplina, cuya tramitación se inició el 27 de mayo de 2024. Dicho recurso fue resuelto mediante resolu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección impetrada por María José Peña Torres y en contra la Decimosexta Compañía del Cuerpo de Bomberos de Santiago Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-9934-2024. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por el Ministro señor Fernando Ignacio Carreño Ortega, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que María José Peña Torres, interpone recurso de protección en contra de la Decimosexta Compañía del Cuerpo de Bomberos de Santiago, fundado en la resolución de expulsión de la cual fue objeto y que, a su juicio, vulnera su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 3 inc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica