ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de septiembre del año en curso, dictada por el 1° Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT C-229-2024. Acordada con el voto en contra del ministro señor Luis Sepúlveda, quien estuvo por revocar la sentencia y, en su lugar, acoger la demanda de alimentos, teniendo para ello presente que el conjunto de normas sobre alimentos que contempla el Código Civil, a partir de los artículos 321 y siguientes, dispone que se deben alimentos a los descendientes, que si el hijo...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la sentencia apelada de veinticinco de septiembre del año en curso, dictada por el 1° Juzgado de Familia de San Miguel, en los autos RIT C-229-2024. Acordada con el voto en contra del ministro señor Luis Sep
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