26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO INTERNACIONAL/GODOY

Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha veintiocho de agosto del presente año, folio número 30, en contra de la interlocutoria de prueba de diecisiete de julio de dos mil veinticuatro, la que fue notificada al recurrente el veintitrés de agosto del año dos mil veinticuatro, según da cuenta el estampado receptorial de folio número 28. 2.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación en contra de la resolución que recibe la causa a prueba sólo puede interponerse en subsidio de la reposición, dentro de tercero día de notificada aquella. En consecuencia, el plazo legal se encontraba vencido a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo dispuesto en los artículos 319, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado, el treinta de agosto del año dos mil veinticuatro, contra la interlocutoria de prueba de diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. N°Civil-16258-2024.imm

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado, el treinta de agosto del año dos mil veinticuatro, contra la interlocutoria de prueba de diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. N°Civil-16258-2024.imm

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Al folio N° 8: por recibidos los antecedentes remitidos desde el Tribunal a quo. Estese a lo que se resolverá a continuación. Al folio N° 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto con fecha veintiocho de agosto del presente año, f

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