SIN INFORMACION

BRUNET/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA D CHILE

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Brunet Bruce, en representación de Cristian Salipa Uarac González, e interpone acción constitución de protección en contra de la Tesorería General de la República, por haber incurrido en el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en retención y compensación de suma de dinero pagada al recurrente en virtud de transacción judicial en el contexto de un juicio laboral, conculcando las garantías del artículo 19 Nros. 1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que en el contexto del juicio RIT Nro. T-967-2022 del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, el recurrente, en calidad de demandante, arribó a una transacción con el Fisco, la que fue aprobada por el tribunal el 10 de enero de 2024. En virtud de este acuerdo, el Fisco de Chile se habría obligado a pagar al actor la suma de $8.597.572, por lo que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante resolución de 13 de mayo de 2024, ordenó a la Tesorería General de la República pagar de dicho monto. Sin embargo, la recurrida efectuó un pago parcial, reteniendo y compensando la cantidad de $3.412.276, por una supuesta deuda fiscal, sin entregar mayores antecedentes que permitieran justificar su decisión, por lo que estima que aquella ha devenido en ilegal y arbitraria. En este sentido, sostiene que el actuar de la Tesorería General de la República excede lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nro. 20.027, pues dicha norma le faculta a retener solo devoluciones de impuestos, mas no créditos de naturaleza laboral. Además, sostiene que cualquier compensación debe hacerse valer en sede judicial, acreditando los requisitos legales en un procedimiento racional y justo. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare que la retención y compensación ha sido ilegal y arbitraria, ordenando la restitución íntegra y debidamente reajustada de la suma de $3.412.276, con reajustes e

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare que la retención y compensación ha sido ilegal y arbitraria, ordenando la restitución íntegra y debidamente reajustada de la suma de $3.412.276, con reajustes e intereses hasta la fecha de su efectivo reintegro. Segundo: Que al informar la recurrida, explica que la deuda compensada corresponde a tributos fiscales que el recurrente no ha pagado ni sometido a convenio y que han sido oportunamente demandados por el Servicio de Tesorería, no siendo aplicable el artículo 17 de la Ley Nro. 20.027 invocado en el recurso, ya que no se trata de deudas por Crédito con Aval del Estado. Expone que conforme al artículo 30 del Decreto Ley Nro. 1.263 de 1975 y al artículo 1° del DFL Nro. 1 del Ministerio de Hacienda, le corresponde efectuar el pago de las obligaciones del Fisco, incluidas aquellas derivadas de sentencias judiciales ejecutoriadas. En este contexto, señala que mediante Resolución Exenta Nro. 1403 de 13 de mayo de 2024 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se ordenó pagar al recurrente la suma de $8.597.572, en cumplimiento de la transacción judicial aprobada. Sin embargo, al momento de verificarse el pago, procedió a compensar la deuda por concepto de tributos del recurrente que daban cuenta los formularios 21, folios Nros. 5035895106 y 5035896196. Sostiene que la facultad para compensar deudas de contribuyentes con créditos contra el Fisco está contemplada en el artículo 6° d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Marcelo Brunet Bruce, en representación de Cristian Salipa Uarac González, e interpone acción constitución de protección en contra de la Tesorería General de la República, por haber incurrido en el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en retención

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