JORGE ANTENOR VELASQUEZ VARELA C/ CAMILA ELIZABETH VIZCAYA LARA
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
FALSO TESTIMONIO, PERJURIO O DENUNCIA CALUMNIOSA.ART. 206 A 212.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente: En cuanto a la admisibilidad del recurso de apelación. 1.- Que, la defensa de la imputada Camila Vizcaya Lara, ha alegado que el recurso de apelación deducido por la querellante, en contra de la resolución que declaró el abandono de la querella, resulta inadmisible. Ello, por cuanto, dicho recurso se ha fundado en el artículo 370 letra b) del Código Procesal Penal, y, el mismo, no contempla la apelación en el artículo 402, sin que, de otro lado, resulte aplicable el artículo 120, del mismo cuerpo legal referido, por tratarse de una norma propia del procedimiento ordinario. 2.- Que, más allá de lo expuesto por la apelante en su escrito de apelación, lo cierto es que el artículo 370 letra a) del cuerpo legal citado, hace apelable la resolución que ponga término al procedimiento, haga imposible su prosecución o lo suspenda por más de treinta días, supuesto en el que justamente se encuentra la resolución recurrida, pues, la declaración de abandono de la querella, en delitos de acción privada, efectivamente provoca el efecto de terminar dicho procedimiento, razón por la que tal veredicto, sí resulta apelable. Por lo anteriormente expuesto, se rechaza la alegación de inadmisibilidad de la apelación, formulada por la defensa. En cuanto al fondo 3.- Que, la querellante se ha alzado en contra de la resolución que declaró el abandono de la querella, por cuanto si bien es efectivo que no asistió a la primera audiencia del procedimiento, aquello no está previsto, en el artículo 402 del Código Procesal Penal, como causal de abandono, sin perjuicio de añadir que ha intentado notificar a la querellada en reiteradas ocasiones, sin lograrlo, por negarse su presencia en los domicilios entregados. 4.- Que, si bien la querellante no asistió a la primera audiencia del procedimiento por delito de acción privada a la que fue citada, ella no era de juicio, que habilitara a declarar el abandono de la querella y de la acción en los términos del artículo 402 ya c
Fallo
se decide que se rechaza dicha petición, debiendo continuarse con la tramitación del procedimiento, como en Derecho corresponda. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-992-2024.
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C.A. de Chillan Chillan, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: En cuanto a la admisibilidad del recurso de apelación. 1.- Que, la defensa de la imputada Camila Vizcaya Lara, ha alegado que el recurso de apelación deducido por la querellante, en contra de la resolución que declaró el abandono de la querella, resulta inadmisible. Ello, por cuanto, dicho recurs
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