JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

DANAY GERALDINNE BARREAU FLORES C/ PAULINA SALOME CORNEJO CORNEJO

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiendo los argumentos del tribunal a quo en cuanto a que no existen

Fundamentos

fundamentos suficientes que le den verosimilitud a los hechos fundantes de la querella, como constitutivo de delito, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Código Procesal Penal, por no existir antecedentes que constituyan a lo menos presunción grave del derecho que se reclama, en los términos que exige el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, se confirmará la resolución en alzada.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada con fecha doce de noviembre del año en curso, que rechazó de plano decretar la medida cautelar real del artículo 290 del Código de Procedimiento Civil respecto de la querellada PAULINA SALOMÉ CORNEJO CORNEJO. Regístrese y comuníquese. Rol 1524-2024 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los Ministros Titulares Virginia Soublette Miranda, Eric Sepúlveda Casanova y el Abogado Integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se da inicio a la audiencia del recurso de apelación deducido por el abogado querellante Juan Flores Brion

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