SIN INFORMACION

MURILLO CAMPAZ JEFFERSON-CASTRO SOLIS DANIEL/TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE COLINA

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece Sirley Gatica Sanhueza, Defensora Penal Pública, en representación de Jefferson Murillo Campaz y Daniel Castro Solis, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, que el 23 de octubre del año en curso que dio lugar a la reprogramación del juicio oral en la causa RIT 147-2024 seguida ante ese tribunal, fijando como nueva fecha de audiencia de juicio oral el 9 de julio de 2025, en circunstancias que los amparados se encuentran sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva por esa causa, vulnerando gravemente los derechos de estos, en especial su libertad personal, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita deje en libertad a sus representados o se fije audiencia de juicio oral en los plazos establecidos en el artículo 281 del Código Procesal Penal Expone que sus representados fueron formalizados el 27 de abril de 2023 ante el Juzgado de Garantía de Colina por los delitos de porte de arma prohibida; posesión, tenencia o porte de municiones, previstos y sancionados en los artículos 14 inciso 1° y 9 inciso 2° de la Ley Nº 17.798 y, además, por el delito de tráfico de pequeñas cantidades previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Nº 20.000, todos en calidad de autor y en grado de desarrollo consumado, decretándose a su respecto la cautelar de prisión preventiva por ser un peligro para la seguridad de la sociedad, fijando un plazo de investigación de 90 días. Señala que el 11 de junio de 2024, el Ministerio Público presentó acusación en contra de los amparados por el delito de porte y tenencia de armas de fuego prohibidas, previsto y sancionado en el artículo 13 en relación con el artículo 3 letras d) y e) de la ley 17798; un delito de porte ilegal de arma de fuego previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 letra b) ambos del mismo cuerpo legal; y un delito de po

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo constitucional deducido en favor de Jefferson Murillo Campaz y Daniel Castro Solis en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2982-2024. En Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 11: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece Sirley Gatica Sanhueza, Defensora Penal Pública, en representación de Jefferson Murillo Campaz y Daniel Castro Solis, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal

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