SIN INFORMACION

JAIME PEREZ NAVARRO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE 2024

Rol

Fecha

25 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, al folio N° 1, el 21 de noviembre del presente año comparece Max Troncoso Moreno, abogado de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, interponiendo recurso de amparo en favor de Jaime Alonso Pérez Navarro, CI. N° 17.040.520-K, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución de 8 de octubre pasado que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple la pena de 3 años y 1 día de presidio como autor del delito de robo con fuerza en lugar no habitado, y dos penas de 41 días de reclusión como autor del delito de hurto simple y robo en lugar no habitado. Inició el cumplimiento de su condena el 10 de mayo de 2022 debiendo terminar el 25 de julio de 2025. El tiempo mínimo para postular en su caso corresponde al día 26 de junio de 2024. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó por mayoría su solicitud fundada en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, toda vez que la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…Para resolver como se ha se alado, se ha tenido en cuenta que, con arreglo al informe antes mencionado, el interno presenta un riesgo de reincidencia alto a medio, recomendando reforzar las capacidades con las que cuenta el recluso, sus actitudes y cualidades prosociales, asociado a su proyecto vital para el medio libre., manteniendo necesidad criminógenas el factor pares. Asimismo, acorde a lo expuesto por Gendarmería, se indica que no ha alcanzado un estado estable y se encuentra en una etapa de consolidación de conciencia del delito. En consecuencia, se estima que el postulante no cumple los requisitos necesarios para obtener el beneficio de libertad condicional, en particular los descritos en el número 3 del artículo 2 del D.L. 321. Acordada con

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Max Troncoso Moreno, en favor de Jaime Alonso Pérez Navarro, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 7 de octubre de 2024. Acordada con el voto en contra del abogado integrante Diego Palomo Vélez, quien estuvo por acoger la acción constitucional de amparo, toda vez que si bien su empleo en este tipo de casos debe ser muy excepcional, ante la constatación del cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, y la incongruencia de la resolución de la comisión de libertad vigilada con el informe y demás antecedentes tales como los beneficios de los que ya goza (que lo distingue de la inmensa mayoría de los internos), los que dan cuenta que la resolución más adecuada y justa del caso cuenta con el acervo probatorio y las bases suficientes para entender que la negativa de la señalada comisión incurrió en un defecto de fundamentación que la torna, en definitiva, en ilegal, lo que debe en este caso, y excepcionalmente, corregirse por esta vía de tutela constitucional. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-601-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que, al folio N° 1, el 21 de noviembre del presente año comparece Max Troncoso Moreno, abogado de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, interponiendo recurso de amparo en favor de Jaime Alonso Pérez Navarro, CI. N° 17.040.520-K, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el

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