29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CLINICA DAVILA Y SERVICIOS MEDICOS S.P.A/GONZÁLEZ

Rol

Fecha

3 de diciembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte la tercerista, el veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintidós del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-18424-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte la tercerista, el veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de veintidós del mismo mes y año. Devuélvase. N°Civil-18424-2024.

Texto Completo (Preview)

jtha C.A. de Santiago Santiago, tres de diciembre de dos mil veinticuatro. Al folio 3; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica