1 JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUENTE ALTO

CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A/GARCES

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

ANULA DE OFICIO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que habiéndose sustanciado el procedimiento, el veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés se celebró el comparando de estilo sin la comparecencia de las partes. Segundo: Que con posterioridad a dicho comparendo, la parte demandante solicitó la suspensión de éste y se fijara nuevo día y hora para su realización, pese a que dicha diligencia ya se había materializado. Tercero: Que en ese estadio procesal, de oficio el tribunal tuvo por no presentada la demanda, utilizando la facultad contenida en los artículos 7° y 9° de la Ley N°18.287. Cuarto: Que evidentemente la tramitación del procedimiento adolece de errores, toda vez que el tribunal a quo, realizado el comparendo, no se encontraba en condiciones de pronunciarse decidiendo la no presentación de la demanda. Quinto: Que observando lo anterior, esta Corte, actuando de oficio corregirá el procedimiento según lo dispuesto en el artículo 82 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Y visto, además, lo dispuesto en la Ley 18.287, se anula de oficio la resolución de veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, en la parte que tuvo por no presentada la demanda, debiendo el tribunal a quo dar curso progresivo a los antecedentes, habida cuenta de la certificación de fojas 28. Siendo improcedente no se emite pronunciamiento respecto al recurso de apelación. Devuélvase. N°552-2023 Policia Local

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que habiéndose sustanciado el procedimiento, el veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés se celebró el comparando de estilo sin la comparecencia de las partes. Segundo: Que con posterioridad a dicho comparendo, la parte demandante solicitó la suspensión de éste y se fijara nuevo día y hora para

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