FRANCISCO JAVIER ARANEDA OJEDA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1) Comparece doña Patricia Alejandra Cuevas Suárez, en favor de don Francisco Javier Araneda Ojeda, actualmente condenado y recluido en el Centro de Estudios y Trabajos de Valdivia quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República deduce la presente acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valdivia que por resolución de 9 de octubre de 2024 resolvió rechazar su solicitud de libertad condicional lo que torna ilegal y arbitraria su privación de libertad en base a los antecedentes que expuso. Indicó que el amparado tiene 24 años, oriundo de la comuna de Río Bueno, se encuentra actualmente cumpliendo una condena de 7 años 184 días por el delito de robo en lugar habitado. Añadió que el amparado registra como fecha de inicio actual de condena el 18 de marzo del año 2022 -con abono reconocido de 952 días-, y como fecha de término de condena 9 de febrero del año 2027. El tiempo mínimo para su postulación al beneficio de la libertad condicional era el día 11 de agosto del año 2024, siendo esta su primera postulación al beneficio. El saldo de condena al día de hoy es de 2 años 2 meses y 17 días. Explicó que su representado ha tenido conducta calificada de muy buena desde al menos el bimestre septiembre-octubre de 2023 hasta la fecha cumpliendo con el requisito de conducta intachable, además, no cuenta con sanciones al régimen interno. Agregó que cuenta con riesgo de reincidencia medio, que actualmente goza tanto de permiso de salida esporádica especial y posteriormente salida trimestral y desde el 3 de noviembre se encuentra gozando con el beneficio de salida dominical dando adecuado cumplimiento a los mismos. La defensa cuestionó la decisión de la recurrida, pues en la resolución recurrida se le reconocen avances significativos en su proceso de intervención sugiriendo el informe psicosocial, que los objetivos que están pendientes de reforzamiento pueden ser abordados en el medio abierto Pidió se acoja el recurso en todas sus partes, ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional, y ordenando la concesión de esta en favor del amparado. 2) Por la Comisión de Libertad Condicional informó el recurso el juez Pablo Álvarez Solís quien explicó que el amparado se encuentra purgando una condena de 7 años y 184 días impuesta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, por el delito de robo en lugar habitado, cometido en la comuna de Rio Bueno, con fecha de inicio el 18 de marzo de 2022 y de término para el 9 de febrero de 2027. Añadió que su informe de postulación psicosocial de libertad condicional, en síntesis, da cuenta que se encuentra en C.E.T. Valdivia con buena conducta y favorable disposición a los procesos de reinserción, con riego de reincidencia medio, manifestando necesidades criminológicas en empleo, pares y uso del tiempo libre, siendo necesario un r
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto en favor de Francisco Javier Araneda Ojeda en contra de la Comisión de Libertades Condicionales y, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución dictada el 9 de octubre de dos mil veinticuatro por aquella y se le reconoce el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante Sra., Susan Turner, quien fue del parecer de rechazar el recurso de amparo toda vez que la resolución dictada por la Comisión de Libertades Condicionales tuvo en consideración los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, en el marco de sus atribuciones y se encuentra debidamente fundada. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-306-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1) Comparece doña Patricia Alejandra Cuevas Suárez, en favor de don Francisco Javier Araneda Ojeda, actualmente condenado y recluido en el Centro de Estudios y Trabajos de Valdivia quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República deduce la presente acci
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