CARROZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jorge Luis Carroz Villalobos, ciudadano venezolano, domiciliado para estos efectos en El Cairo 816, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, quien interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de carta de nacionalización, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, así como lo dispuesto en los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de Ley N°19.880 y artículo 37 de la Ley N°21.325. Expone que la recurrente ingresó su solicitud de nacionalización el 24 de febrero de 2023 y que a la fecha no ha recibido ninguna respuesta, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal, toda vez que a la fecha de interposición del presente recurso ha transcurrido un plazo excesivo sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre la solicitud formulada, estimando que dicho actuar infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880, siendo improcedente al efecto la excepción de caso fortuito contemplada en la ley. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre su solicitud de carta de nacionalización dentro de un plazo no mayor a 60 días, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el extranjero presentó la solicitud de carta de nacionalización el 24 de febrero de 2023 y que a la fecha del informe la solicitud se encuentra actualmente en “etapa de análisis” desde el 9 de enero de 2024. Afirma que al contar el recurrente con un permiso de permanencia definitiva, actualmente mantiene una situ
Fallo
Por estas consideraciones, de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Jorge Luis Carroz Villalobos en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4817- 2024 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Jorge Luis Carroz Villalobos, ciudadano venezolano, domiciliado para estos efectos en El Cairo 816, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, quien interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones,
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