3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

SOCIEDAD INMOBILIARIA FUNDADORES S.P.A. CON RAMON ANTONIO REYES SALAMANCA Y OTROS

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA, AP Y SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: Atento el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 50 del Código Civil y 18-C de la Ley 18.101 y tratándose de un hecho inconcluso que la oposición se planteó al duodécimo día corrido, contado desde la última notificación; SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia definitiva de tres de junio de dos mil veinticuatro, contenida en el folio 21, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Concepción, en los autos Rol C-2285-2024, y, en su lugar, se declara que no se hace lugar a oposición presentada por los demandados, por extemporánea. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante señor Felipe Muñoz Levasier. N°Civil-1720-2024.

Fallo

se declara que no se hace lugar a oposición presentada por los demandados, por extemporánea. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante señor Felipe Muñoz Levasier. N°Civil-1720-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CGA/mfv Concepción, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Atento el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 50 del Código Civil y 18-C de la Ley 18.101 y tratándose de un hecho inconcluso que la oposición se planteó al duodécimo día corrido, contado desde la última notificación; SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la sentencia d

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