ESPINOZA/MUÑOZ
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENTE PRESENTE: PRIMERO: Que compareció Iván González Navarrete, abogado, quien, en representación de Solange Macarena Espinoza, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución N°1952/2024 dictada el nueve de septiembre del año en curso por Elizabeth Muñoz Pinto, en calidad de juez sustanciador de la Tesorería Provincial del Loa, Calama, en los expedientes administrativos N°11360-2018, 10677-2018, 10068-2019, 11043-2018, 11657-2017, 11078-2017,10411-2018, 11327-2017, 10246-2020, todos de Calama y que, en definitiva, no dio lugar al recurso de apelación interpuesto en contra de resolución que rechazó el incidente de abandono de procedimiento. Señaló que, en procedimiento de cobro de obligaciones tributarias, reclamó en contra de la Tesorería General de la República el abandono del procedimiento. No obstante, dicha petición fue rechazada, fundada básicamente que, en los procesos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, no existen partes y, por ende, la aplicación del artículo 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, se hace impracticable. Por lo anterior, interpone recurso de apelación, siendo rechazado bajo una serie de argumentos errados, carentes de procedencia conforme la naturaleza del asunto debatido. Hace presente que la procedencia del recurso de apelación en los procedimientos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, regulado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario, se determina por aplicación de los artículos del Código de Procedimiento Civil y Código Tributario respectivamente y, por aplicación del artículo 19 Nº3 de nuestra carta fundamental. A su juicio el recurso de apelación es plenamente procedente en este tipo de procedimientos, ya que al ser una resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento es una sentencia interlocutoria recurrible de apelación; por lo que el juez sustanciador debió admitir a tramitación el recurso de apelación interpuesto. En
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho interpuesto por Iván González Navarrete, en representación de Solange Macarena Espinoza, en contra de las resoluciones de fecha nueve de septiembre del presente, dictada en los expedientes administrativos N° 11360-2018, 10677-2018, 10068-2019, 11043-2018, 11657-2017, 11078-2017,10411-2018, 11327-2017, 10246-2020, todos de Calama, seguido ante Juez Sustanciador, y en su lugar, se declara que la apelación resulta procedente, la que se concede en el sólo efecto devolutivo, debiendo el Juez remitir los antecedentes necesarios para la vista del recurso de apelación. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 986–2024 (CIV - HECHO) 5
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Antofagasta, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENTE PRESENTE: PRIMERO: Que compareció Iván González Navarrete, abogado, quien, en representación de Solange Macarena Espinoza, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución N°1952/2024 dictada el nueve de septiembre del año en curso por Elizabeth Muñoz Pinto, en calidad de juez sustanciador de la Tesorería Provinci
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