MP C/ FELIPE ATALA AGUSTIN PINTO TELGIE
Rol
Fecha
22 de noviembre de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA/VOTO EN CONTRA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Felipe Atala Agustín Pinto Telgie, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como autor del delito de homicidio simple del artículo 391 N° 2 del Código Penal, en grado de frustrado, cuestionando los presupuestos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solicitando se revoque la resolución en alzada y se deje sin efecto la medida cautelar impuesta o, en subsidio se la sustituya por otra u otras menos gravosas del artículo 155 del mismo código. 2°.- Que con el mérito de lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia y con los antecedentes hasta ahora reunidos en la investigación, dando cuenta de la dinámica de los hechos, especialmente los dos videos que fueron exhibidos ante el juez de garantía a que hace referencia la resolución en alzada y el representante del Ministerio Público ante estrados, el hecho que la víctima fue agredida con un objeto cortante y punzante (un cuchillo de una hoja de 20 centímetros de largo y 4 de ancho aproximadamente), resultando con herida punzante abdominal que le afectó el intestino, la vejiga y el riñón, como asimismo otra lesión punzante en el glúteo izquierdo, debiendo permanecer hospitalizado por varios días en un centro asistencial con pérdida de abundante sangre, en circunstancias que fue agredido en la vía pública y abandonado por su agresor, alcanzando a solicitar ayuda antes de desvanecer; antecedentes fácticos ya aportados en la investigación, que permiten tener por justificada la existencia del delito de homicidio en grado de desarrollo de frustrado, como asimismo su participación en calidad de autor en dicho ilícito, satisfaciendo así los supuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Además, cabe precisar aquí, que en diversas
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C.A. de Concepción PBG/mfmm Concepción, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa del imputado Felipe Atala Agustín Pinto Telgie, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, quien se encuentra formalizado como auto
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