1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

PEÑA/ARRIGONI METALURGICA S.A.

Rol

Fecha

22 de noviembre de 2024

Materia

RECARGOS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de dos de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-405-2023 (acumulado los autos O-468-2023, O-577-2023, O582-2023, O-685-2023, O-748-2023, O-1051-2023, O-1228-2023, O-1460-2023, O-1803-2023), se desestimó el incidente de exclusión de prueba promovido por la demandada, al igual que la excepción de transacción y se rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas. En contra de este fallo la demandante ha deducido recurso de nulidad esgrimiendo la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 454 N°1 y 162 inciso 1° del mismo cuerpo legal, solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del once de noviembre último.

Fundamentos

Considerando: PRIMERO: Que, como se señaló, el recurso se funda en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 454 N°1 y 162 inciso 1° del mismo cuerpo legal, por cuanto en la sentencia se habría omitido el análisis de las formalidades del despido, y en especial, determinar si el empleador cumplió con éstas y si los hechos plasmados en la carta constituían la causal de necesidades de la empresa. Acusa que, en este caso, la carta no habría cumplido con los requisitos legales al no describir los hechos que justificarían el motivo invocado, y por su parte, el sentenciador argumentaría su decisión en razones que no se relacionan con el contenido de ese documento de desvinculación. Sostiene que el vicio ha influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo la demandante ha deducido recurso de nulidad esgrimiendo la causal establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 454 N°1 y 162 inciso 1° del mismo cuerpo legal, solicitando que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en la audiencia del once de noviembre último. Considerando: PRIMERO: Que, como se señaló, el recurso se funda en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de los artículos 454 N°1 y 162 inciso 1° del mismo cuerpo legal, por cuanto en la sentencia se habría omitido el análisis de las formalidades del despido, y en especial, determinar si el empleador cumplió con éstas y si los hechos plasmados en la carta constituían la causal de necesidades de la empresa. Acusa que, en este caso, la carta no habría cumplido con los requisitos legales al no describir los hechos que justificarían el motivo invocado, y por su parte, el sentenciador argumentaría su decisión en razones que no se relacionan con el contenido de ese documento de desvinculación. Sostiene que el vicio ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo por cuanto de haber respetado las normas que señala como infringidas habría declaro el despido como injustificado. SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en la segunda parte del inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, será proceden

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de dos de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-405-2023 (acumulado los autos O-468-2023, O-577-2023, O582-2023, O-685-2023, O-748-2023, O-1051-2023, O-1228-2023, O-1460-2023, O-1803-2023), se desestimó el incidente de exclu

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